Nuevas exigencias para instituciones financieras
Condusef establece límites a la promoción telefónica de servicios financieros
Durante 12 meses a partir de la negativa a contratar, la empresa oferente se deberá abstener de llamar.

Por fin, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) fijó límites a la promoción de productos y servicios financieros por la vía telefónica.
Las regla, que inició el 20 de agosto, establece que cuando una persona manifieste su negativa a contratar un producto o servicio no podrá recibir un nuevo llamado durante un año.


Se trata del artículo 44 de la Disposición Unica de la (Condusef), publicada en el Diario Oficial de la Federación, y que se puede consultar por vía electrónica.


La extensa circular establece nuevas y diversas exigencias para las entidades financieras que operan en México.


Son lineamientos para la emisión de contratos de adhesión, información de las comisiones que cobran a los clientes; emisión de estados de cuenta y comprobantes de operación, así como los requerimientos de la publicidad que realicen para atraer clientes, entre otros.


El blindaje contra llamadas, permitirá a miles de personas evitar el acoso de vendedores que llaman en horarios incómodos, en días de descanso, sin  ninguna consideración.


Y sobre todo, salvarán de repetidas llamadas de la misma institución para ofrecer el mismo producto.
Para que la regla surta efecto, es necesario consignar la fecha de la llamada, la hora y registrar el nombre del promotor, que está obligado a exponer su identidad y la de la empresa que representa.


De esa manera se podrá presentar la queja respectiva por la violación a lo dispuesto en el artículo 44 de la Disposición Unica de  la Condusef.  


El plazo de 12 meses contará a partir de la fecha de recepción de la llamada, por lo que conviene llevar el registro.


tizquierdo@hsmglobal.com

ESPACIO DE LECTORES: 3 Comentarios
Comentarios:
Luis dice:
Diciembre 13 de 2010 a las 17:11 hs.
¿Alguien contesta esta preguntas?, veo que que a Mariana no le han hecho caso
Luis dice:
Diciembre 13 de 2010 a las 17:10 hs.
¿Esto aplica para las personas morales Tambien?
Mariana Estrada dice:
Noviembre 16 de 2010 a las 18:02 hs.
¿que sancion se tendra en caso de incumplimiento?
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